BUSCAR TRABAJO, BUSCAR EMPLEO, CONSEJOS EMPLEO

Fondo de garantía salarial: cuándo se puede recurrir y cómo funciona

Dentro de las herramientas con las que alguien que se queda en situación de paro, pero con salarios pendientes por parte de su empresa puede contar, nos encontramos con el fondo de garantía salarial.

BUSCAR TRABAJO, BUSCAR EMPLEO, CONSEJOS EMPLEO

Se trata una herramienta a tener en cuenta, pero, aunque no alcanza a todos los sectores y segmentos, ni tampoco situaciones. Por ello conviene tratar de entender bien cómo funciona y en qué casos si es posible acogerse a las ayudas de este fondo.

Qué es el Fondo de garantía salarial

Es un ente imprescindible al encargarse de forma directa del abono de los salarios e indemnizaciones pendientes, aquellos que sus empresas no han podido percibir a sus empleados.

Lo utilizarán aquellos trabajadores que tengan pendiente el cobro algún sueldo o indemnización porque su empresa se ha declarado insolvente o en concurso de acreedores. Fogasa sirve para abonar estas bonificaciones no pagadas, pero siempre dentro de unos límites razonables que también conviene conocer.

Cuánto puedes llegar a percibir del fondo

Si tienes pendiente el cobro de tu salario, el fondo de garantía salarial se hará cargo de pagarlo, pero debes tener en cuenta una particularidad. El salario que Fogasa abonará tiene una cantidad máxima que podemos calcular fácilmente y que quedará determinado por su sueldo.

El salario máximo de Fogasa que pagará al trabajador en caso de necesitarlo será el siguiente: la cantidad máxima resultante de multiplicar por tres el salario mínimo interprofesional diario por el número de días pendientes de pago. El límite máximo de días de esta operación será de 150 y las pagas extraordinarias quedarán incluidas en el salario mínimo.

En caso de que tengas pendiente alguna indemnización, el Fondo de garantía salarial también se encargará de su pago. Deberás garantizar tu caso con un acta de conciliazción, sentencia, auto o a través de un certificado oficial. Dependiendo de cuál sea tu caso Fogasa percibirá estas indemnizaciónes:

  1. Despido improcedente: Indemnización de Fogasa de 30 días por cada año trabajado.
  2. Despido nulo: Indemnización de Fogasa de 30 días por cada año trabajado.
  3. Despido objetivo: Indemnización de Fogasa de 20 días por cada año trabajado.
  4. Extinción colectiva (ERE): Indemnización de Fogasa de 20 días por cada año trabajado.
  5. Extinción de contrato temporal: Indemnización de Fogasa de 8 días por cada año trabajado.
  6. Extinción por voluntad del trabajador (regulada en el artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores): Indemnización de Fogasa de 30 días por cada año trabajado.

Debes tener en cuenta que la cantidad de indemnización máxima de Fogasa es de un año. También que existen dos casos donde el Fondo de Garantía Salarial abonará directamente las indemnizaciones sin que exista la declaración de insolvencia o el concurso de empresa:

  • Empresas con menos de 25 trabajadores.
  • Expedientes de regulación de empleo por causas de fuerza mayor.

En estos dos casos la indemnización de Fogasa será de 20 días por un máximo de un año trabajado.

Trabajadores que no reciben indemnización del Fondo de garantía salarial

Existen varios grupos de trabajadores que no reciben indemnización de Fogasa, por lo que no podrían recibir ninguno de estos bonos los siguientes empleados, entre ellas destacamos:

  1. Trabajadores del servicio del hogar familiar.
  2. Trabajadores autónomos.
  3. Trabajadores socios de cooperativas de trabajado asociado.
  4. Trabajadores de cooperativas de explotación comunitaria de la tierra.
  5. Consejeros y administradores de las sociedades de capital.
  6. Consejeros y administradores de las sociedades laborales.
  7. Personal de investigación en formación de becas.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.