Cuánto vas a cobrar en 2020 si estás en el paro

Dependiendo del tipo de prestación que cobres, el importe del paro será diferente. Veamos cuánto cobrarás de paro en 2020. 

préstación por desempleo

Existen múltiples tipos de prestaciones a la hora de cobrar el paro. Algunas de ellas son la prestación por desempleo o contributiva, el subsidio por desempleo o la ayuda extraordinaria.

La situación de cada parado es diferente, y el importe que cobran, también lo es.  Por esta razón, es de vital importancia conocer el tipo de prestación por desempleo que te corresponde, especialmente si tienes alrededor de 1 año cotizado. Una vez que conozcas la prestación que debes cobrar, hay que calcularla según lo establecido en la base reguladora.

Dicha base es equivalente a la media de la base del trabajador en sus últimos seis meses cotizados.

El sistema legal establece que, para realizar el cálculo de lo que cobrará cada trabajador, se deben realizar en base a estos porcentajes: durante el primer medio año en paro, se tendrá derecho a cobrar el 70% de su base reguladora. Cuando pasen esos seis meses, concretamente a partir del séptimo mes, el trabajador pasará a cobrar la mitad, un 50%. De esta manera, es un cálculo individual para cada trabajador, y único también por la cantidad que cotizó en esos últimos seis meses de los que hablamos antes.

Por ejemplo, podemos poner el caso de un trabajador que ha estado cobrando alrededor de 1.500 euros en los últimos 6 meses. En este caso, los seis primeros meses de paro pasará a cobrar 1.050 euros al mes, y a partir del séptimo mes, 750.

Prestaciones por desempleo y cálculo de importe

Además, hay que ser conscientes de que las prestaciones por desempleo cuentan con unos topes máximos y mínimos. Y de ninguna manera se aplicarán si el último contrato no ha sido realizado a jornada completa. Todo esto se fundamenta en los puntos que explicamos a continuación:

  • La prestación contributiva mínima si no tenemos hijos es de 501,98 euros, que equivale al 80% del IPREM.
  • En el caso de tener un hijo o más, la prestación mínima sería de 671,40 euros, que equivale al 107% del IPREM. Recordamos que los límites sólo se pueden aplicar si se ha trabajado a jornada completa en el periodo de tiempo establecido.
  • Por el contrario, si se ha trabajado a tiempo parcial y no se tienen hijos a cargo, el importe mínimos a cobrar serán de 248,50 o 250,99. En caso de tener hijos, subirán un poco más: 334,87 o 335,70 euros.

Por otro lado, si hablamos de los topes máximos que se pueden cobrar, son los siguientes:

  • En caso de no tener hijos, serán de 175% del IPREM, que es equivalente a 1.098,09 euros todos los meses.
  • Teniendo solamente un hijo, se pasará a cobrar el 200% del IPREM, lo que equivale a 1.254,86 euros. Si se tienen dos o más hijos, la prestación a cobrar será algo mayor, de 1.411,83.

Prestación contributiva, el paro, subsidio por desempleo

Ayudas extraordinarias de SEPE

Además, es importante recordar que el SEPE también ofrece ayudas extraordinarias, que pueden ser:

  • Rai (Renta Activa de Inserción). A través de esta ayuda se podrá cobrar unos 430,27 euros todos los meses.
  • SED (Subsidio Extraordinario por Desempleo). Con ella se obtiene exactamente la misma cantidad que en el caso de los subsidios ordinarios, es decir, unos 430,27 euros.

En relación al año anterior, ninguna de estas ayudas a experimentado subida alguna. Esto se debe a que no se han realizado modificaciones en el IPREM, al menos por el momento.

Para terminar, es importante destacar que existe una renta máxima que nos permite acceder a los subsidios, la RAI o el SED, que equivale al 75% del SMI (Salario Mínimo Interprofesional).

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