Cobrar el paro por un ERE o un ERTE

Descubre la prestación contributiva que te corresponde si te ves afectado por un expediente de regulación de empleo o por un expediente de regulación temporal de empleo.

Prestación contributiva paro subsidio por desempleo

El número de expedientes de regulación de empleo (ERE) o de expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) había descendido en los últimos años frente a los peores momentos de la crisis. Sin embargo, recientes medidas para recortar puestos de trabajo aprobadas en diversos sectores traen de nuevo los peores recuerdos de aquellos episodios.

Qué es un ERE

Estas siglas corresponden al término con el que nos referimos al despido colectivo regulado en el artículo 51 del Estatuto de Trabajadores, referido al despido colectivo.

En el Estatuto de los Trabajadores se establece que entenderá por despido colectivo la extinción de contratos de trabajo fundada en causas económicas, técnicas organizativas o de producción, cuando en un periodo de noventa días, la extinción afecte al menos a:

a) Diez trabajadores, en las empresas que ocupen menos de cien trabajadores.

b) El 10 por 100 del número de trabajadores de la empresa en aquéllas que ocupen entre cien y trescientos trabajadores.

c) Treinta trabajadores en las empresas que ocupen trescientos o más trabajadores.

Por otra parte, se entiende igualmente como despido colectivo la extinción de los contratos de trabajo que afecten a la totalidad de la plantilla de la empresa, siempre que el número de trabajadores afectados sea superior a cinco, cuando aquél se produzca como consecuencia de la cesación total de su actividad empresarial fundada en las mismas causas anteriormente señaladas.

¿Afectado por un ERE o un ERTE?

Ante tal panorama no está de más recordar que la prestación por desempleo se percibe tras la pérdida involuntaria del empleo. Sea ésta definitiva o de carácter temporal. De la misma manera, el paro también se cobra por una reducción impuesta al profesional de la jornada de trabajo. En otras palabras, que tienes derecho a cobrar el paro por un ERE o un ERTE.

Cobrar el paro por un ERE o un ERTE

Así, si te has visto afectado por una suspensión o una reducción de jornada, que sepas que la cotización a la Seguridad Social se hace por todas las contingencias, tal y como explican desde el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
Cobrar el paro por un ERE o ERTEEn los supuestos de despido colectivo, la cotización a la Seguridad Social es por jubilación, incapacidad temporal, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, asistencia sanitaria, maternidad, paternidad y cuidado de menores que padezcan cáncer u otra enfermedad grave, según enumeran igualmente desde el antiguo Instituto Nacional de Empleo (INEM).

Requisitos para cobrar el paro por un ERE o un ERTE

No obstante, para poder solicitar la protección por desempleo en caso de un ERE o un ERTE, deberás cumplir las siguientes condiciones:

  • La primera y más obvia es estar en situación legal de desempleo.
  • Inscribirte como demandante de trabajo. 
  • Mantener ese estatus mientras estés cobrando el paro. 
  • Cumplir el compromiso de actividad que se incluye en la solicitud.
  • Haber trabajado un mínimo de 360 días dentro de los seis años anteriores a la situación legal de desempleo y no haber utilizado las cotizaciones de dicho periodo para una prestación anterior. Aquí puedes saber más sobre los días cotizados para cobrar el paro.
  • Si has cotizado por un periodo inferior al citado, puedes percibir el subsidio por desempleo, que presenta diferencias respecto a la prestación contributiva del paroEso sí, además de cumplir el resto de requisitos exigidos, no debes tener rentas superiores al 75% del salario mínimo interprofesional, sin tener en cuenta la parte proporcional de dos pagas extraordinarias. O lo que es lo mismo hablando de 2019: no cobrar más de 675 euros al mes (14 pagas).
  • No haber cumplido la edad ordinaria de jubilación, salvo que tu contrato se haya suspendido o se haya reducido tu jornada de trabajo.
  • No trabajar como autónomo.
  • No cobrar una pensión de la Seguridad Social incompatible con el trabajo.
  • En caso de suspensión de contrato, ésta debe estar acordada en el correspondiente procedimiento, ser temporal y estar provocada por causas económicas, técnicas, organizativas, de producción o de fuerza mayor.
  • Si se trata de una reducción de jornada, ésta debe haber disminuido temporalmente entre un 10 y un 70%, con una rebaja proporcional del salario. Además debe encajar en los parámetros del punto precedente.

Cuánto dura el paro por un ERE o un ERTE

La duración de la prestación contributiva por despido colectivo depende del tiempo que hayas trabajado antes de quedarte en paro. Si es por suspensión del contrato o por reducción de la jornada, la duración de la misma, además, se calculará en función de lo que se alargue esta medida.

Cuánto cobraré de paro por un ERE o un ERTE

El importe diario de la prestación contributiva por desempleo total depende de la base reguladora. Ésta se calcula teniendo en cuenta la base por contingencias profesionales de los 180 últimos días cotizados. Tomando esa referencia, la cuantía del paro por un ERE o un ERTE durante los primeros seis meses será del 70% de la base reguladora. A partir del día 181, y hasta el final de la prestación, será el 50% de la misma.

Si el desempleo fuera parcial, te tocará la parte proporcional al tiempo de la jornada que estés desempleado y el consumo de la prestación se producirá por horas y no por días.En los casos de suspensión o reducción de jornada, la compañía continúa obligada a ingresar el 100% de la aportación empresarial de cotización a la Seguridad Social.

Cuándo pedir el paro por un ERE o un ERTE

Si presentas la solicitud de la prestación por desempleo dentro del plazo legalmente establecido -15 jornadas hábiles desde la fecha del cese-, el derecho al paro nacerá el día siguiente al que se extinga o se suspenda tu contrato, o se produzca la reducción de tu jornada. Aunque se admite la posibilidad de causas de fuerza mayor.

Si las medidas de suspensión temporal o extinción de la relación laboral, o en caso de reducción de la jornada, se adoptan en un procedimiento concursal, el derecho a la prestación por desempleo nacerá a partir de la fecha en que el juez dicte el auto que acuerde dichas medidas, aunque en el auto se establezcan efectos retroactivos.

Dónde solicitar el paro por un ERE o un ERTE

El paro o la prestación por desempleo puede solicitarse a través de distintas vías:

Documentación para pedir el paro por un ERE o un ERTE

Uses el medio que sea, en todo caso necesitarás presentar los papeles que figuran a continuación.

  • Modelo oficial de solicitud de la prestación contributiva, el paro, que puedes ver aquí debajo.

Cobrar paro ERE o ERTE (1)

Cobrar paro ERE o ERTE (2)

  • Identificación de la persona solicitante y de los hijos que conviven o están a tu cargo y que figuren en la solicitud. Para españoles, el Documento Nacional de Identidad (DNI) o pasaporte. En lo que se refiere a extranjeros residentes en España, dependerá de la situación.
    • Ciudadanos comunitarios: certificado de registro de ciudadano de la Unión Europea, en el que consta el Número de Identificación de Extranjero (NIE), junto con el pasaporte o documento identificativo de tu país de origen.
    • No nacionales de la UE: Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) en la que aparece el NIE y el pasaporte.
  • Cualquier documento bancario en el que figure el número de cuenta de la que seas titular y en la que desees percibir la prestación.
  • Libro de familia o documento equivalente en el caso de personas extranjeras.
  • Certificado de empresa de los últimos seis meses trabajados, siempre que este documento no haya sido enviado por la empresa al SEPE.

Con todo, al empleado que se ha visto afectado por un ERE o un ERTE se le presentan diferentes opciones. Por supuesto, lo más habitual es lanzarse al arduo proceso de buscar trabajoSin embargo, ten en cuenta que tienes también la posibilidad de cobrar la prestación contributiva de golpe. Descubre, ya para finalizar, cómo capitalizar el paro para hacerte autónomo o crear una empresa.

 

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