Salario Mínimo Interprofesional de 641,40 euros mensuales para 2011

A final de año se fijan algunas subidas de los precios, como hemos visto con la subida de la luz o el gas. En el tema laboral, el Ministerio de Trabajo está estableciendo algunas acciones que ya indicó a principios de año con el fin de erradicar el principal problema de este país: las altas tasas de paro.

Siguiendo esta línea, hoy día 30 de diciembre, y a tan sólo dos días de entrar en un 2011 donde no se espera una recuperación en este sentido, el Consejo de Ministros ha aprobado fjar la cuantía del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para el año 2011 en 641,40 euros mensuales, una cifra que supone un incremento del 1,3% respecto a la establecida en 2010.

Así, ello representa 21,38 euros al día o 641,40 euros al mes y en cómputo anual en ningún caso inferior a 8.979,60 euros. Siempre hay determinaciones especiales, como por ejemplo, para los trabajadores eventuales y temporeros, cuyos servicios a una misma empresa no excedan de ciento veinte días, el salario no podrá ser inferior a 30,39 euros por jornada. Algo parecido a los empleados de hogar, con una cifra fijada en 5,02 euros por hora trabajada.

Si bien el aumento comparado con el del pasado año es muy poco, hay que mirar atrás para estimar cifras. Por ejemplo, el Salario Mínimo Interprofesional ha experimentado desde 2004 un aumento incremento superior al 37%, pasando de los 460,50 euros mensuales a los 641,40 euros aprobados para 2011.

Las nuevas cuantías se han fijado teniendo en cuenta el difícil contexto económico, tomando como referencia los incrementos pactados por las organizaciones sindicales y empresariales en el Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva para los años 2010, 2011 y 2012.

El Real Decreto de salario mínimo interprofesional del año 2011 incorpora una novedad conceptual respecto a los de los años precedentes. El empleador deberá abonar a los trabajadores, al menos, la cuantía íntegra del salario mínimo siempre en dinero, pero sin poder computar en el salario mínimo, como anteriormente se hacía, la valoración dineraria de las percepciones en especie.

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