Detrás de cada parado que forma parte de las filas del paro hay una familia, y en peores casos hay toda una familia en paro, es a estos parados los que se ayudará para que puedan evitar el desahucio de sus viviendas siempre que estas tengan un precio inferior a los de 200.000 euros. Es una gran ayuda aunque claro seguramente saldrán a quejarse muchas familias que se vean fuera de esta medida. También es interesante ver el nuevo código de prácticas en ejecuciones hipotecarias.
Requisitos y aspectos:
-Las familias con todos sus miembros desempleados desde ahora evitarán que les caiga el desahucio de la vivienda, cuando su valor no sea más de 200.000 euros.
-Además los bancos o cajas con que se tenga la hipoteca tendrán que adherirse al código de buenas prácticas que el Gobierno español aprobará esta semana.
-El código que se aprobará a su vez está en el decreto ley de medidas urgentes en lo que se refiere a las ejecuciones hipotecarias que contempla el drama de los desahucios en especial sobre las personas con riesgo de exclusión social.
El texto ofrecerá las nuevas condiciones a cumplir por las familias que tengan todos sus miembros en paro, y así puedan ser consideradas como en riesgo de exclusión y evitar el desahucio de la vivienda al no poder pagar las cuotas de la hipoteca.
Condiciones a cumplir:
-De las condiciones a cumplir, primero se trata de la vivienda esta tiene que ser su primer y única vivienda de la familia.
-Estar todos sus miembros en paro o en todo caso no tener ninguna renta por actividad económica.
-La cuota hipotecaria tendrá que superar el 80 % de los ingresos netos del conjunto de la familia.
-Uno de los puntos es que la vivienda no valga más de 200.000€, como condición a tener en cuenta y evitar el desahucio, este valor de la vivienda tendrá que ser de entre los 120.000 y 200.000€ y dependiendo del tamaño de su municipio.
Causas en estudio:
-Una causa que no está aprobada y que podría incluirse al aprobar esta medida, es el tomar en cuanta que el riesgo de exclusión de la familia se verá agravado si el miembro titular de la vivienda supera los 65 años o sea discapacitado.
-Podría darse en casos en los que el miembro titular deba soportar menores a su cargo, o tengan hijos mayores con minusvalía igual o superior al 33%, y también a sus ascendientes mayores de 65 años. Estas dos últimas condiciones seguramente serán estudiadas y puestas en la aprobación.
-Otra propuesta del decreto ley es de la rebaja en los intereses de demora en los pagos que la familia no esté pudiendo pagar, siempre que la tasa anual no supere el 1,5% sobre el saldo vivo del crédito.
Otra de las medidas incluidas en el decreto-ley a aprobarse es el de aplicar una reforma en cada uno de los procedimientos de ejecución y que estos se hagan con una mayor rapidez y que sus costes no sean tan altos y por último se creará un sistema de subastas de viviendas online, estas son las principales mejoras que se harán para facilitar las actuaciones.
Imagen: getafe.tomalosbarrios.net